Ministerio de Trabajo sigue con el control del cumplimiento del protocolo sanitario

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El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess), a través de su Dirección de Fiscalización Laboral y Seguridad Ocupacional, continúa con el control de cumplimiento de las medidas sanitarias por COVID-19 y de seguridad ocupacional en los locales de diversos tipos de actividad comercial y de producción.

A través de la gacetilla de prensa institucional, resaltan que desde el 9 de marzo hasta la fecha, se realizó un total de 8.830 verificaciones.

Refiere que estos controles, se desarrollaron a nivel país, en casas comerciales, entidades bancarias y financieras, supermercados, shoppings, galerías comerciales, empresas maquiladoras, fábricas, sanatorios privados, puertos privados, mercados municipales, entre otros centros de actividad económica.

Destaca que en Asunción se realizó la mayor cantidad de verificaciones, en total 2.138, seguido por los departamentos de Ñeembucú (1.049), Itapúa 1.032), les siguen Alto Paraná, Central, Presidente Hayes, Caaguazú, Amambay, Paraguarí, Concepción, San Pedro, Cordillera, Guairá, Caazapá y Canindeyú.

Explica, que el Ministerio de Trabajo cuenta con una Guía de Control General para Establecimientos de Trabajo con relación a las medidas preventivas a ser aplicadas para evitar la propagación del coronavirus. Pese a que se han levantado las fases de la cuarentena que se había implementado por la pandemia, las empresas deben contar con estaciones para el lavado de manos antes de ingresar al establecimiento, con agua, jabón, papel desechable y gel a base de alcohol al 70%, con espacio para el distanciamiento físico de 2 metros entre trabajadores, quienes deben utilizar correctamente el tapaboca.

Recuerda, que en los comercios,  deben realizar control de la temperatura a toda persona que ingrese al centro de trabajo, además las empresas deben establecer un sistema de trabajo en cuadrillas y por turnos, para asegurar la rotación de empleados e identificación de los equipos. También deben contar con un dispositivo de desinfección de calzados antes del ingreso al lugar de trabajo que el empleador debe contar, además de un sistema de desinfección con hipoclorito de sodio (lavandina) al 5 o 6%, de uso doméstico, diluida en agua, aplicado en cada cambio de turnos en el lugar de trabajo y en mobiliarios de oficina, computadoras, picaportes, entre otros.

Finalmente, menciona que el empleador debe exhibir en espacios de circulación el Protocolo de Actuación COVID-19 del MTESS y las recomendaciones y números de teléfonos del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS). También debe proporcionar información y formación del COVID-19 a los trabajadores respecto a las medidas preventivas y de higiene.