Medida cautelar para el caso de los marinos jubilados

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Gentileza PJ

En conversación con Radio Nacional, la Ing. Cecilia Rodríguez, gerente de Prestaciones Económicas del Instituto de Previsión Social  contó sobre el caso que compete a la jubilación de marinos mercantes en el que se dio una medida cautelar, la cual prohíbe las liquidaciones y los pagos atrasados del IPS a estas 126 personas, las que no todas son jubiladas.

Con la misma se suspenden las reliquidaciones hasta tanto se solucione el juicio, lo cual puede tardar entre 4 a 5 años y dependerá de tales resultados. «Ahora mismo nosotros tenemos bien claro el panorama, que nosotros seguimos pagando de acuerdo al monto máximo jubilatorio y tampoco tenemos que acceder a ningún pago retroactivo ni tampoco a una reliquidación de haberes», explicó.

Aclaró que son 10 salarios mínimos que se acercan a 23 millones de guaraníes. Todo ello les dará tiempo para poder analizar la carta orgánica, la cual data de 1943 «con varios parches que se colocaron dentro de todas nuestras leyes».

Detalló que cuentan con profesionales, los cuales forman parte de la mesa técnica como profesionales del ámbito jurídico, de planificación, de la dirección de Actuariales, de la dirección de Jubilaciones, de Prestaciones Económicas, del área de Administrativa, Financiera, Inversiones, etc. En cuanto empiecen a trabajar con este equipo se comparte con todos los interesados, empleadores, trabajadores y jubilados. De todo ello saldrá un parecer técnico, del presidente del instituto con el Consejo, es decir, estos tendrán en cuenta todo lo discutido en la mesa técnica, lo que se tratará de manera tripartita con todos los interesados.

Con respecto a la consulta sobre la exigencia de pagos de jubilación por parte de estas personas, mencionó que tal cuestión ya se había dado en el 2016, cuando salió el acuerdo y sentencia en el que se contempló sobre la inconstitucionalidad, la que se encuentra en el artículo 3. Ya desde ese momento, en el 2017, se presentaron varios procesos jurídicos administrativos para tratar de evitar la ejecución de ello, puesto que concernía al IPS. «El mayor problema  que nosotros íbamos a tener fue que se iba a cambiar el modelo de con el cual fue creado el IPS, en lo que respecta a la parte de prestaciones económicas a largo plazo, en este caso, en la caja de jubilaciones y pensiones. Nosotros tenemos un sistema de capitalización colectiva y este nos cambia, totalmente, el modelo a nosotros. El tema del pago de quitar el tope», sentenció.

Aclaró que hay una necesidad de actualizar la carta orgánica y de ciertos parámetros. Pero que ya se organizó hace mucho tiempo, ya desde otras administraciones.

Lo que IPS puede llegar a abonar en concepto de jubilación

Con respecto a quienes superen el salario máximo, La Previsional puede pagar en concepto de jubilación y que están por encima de los montos que pueden llegar a los 40 a 50 millones de guaraníes  mensuales, los cuales son aportantes y si habría posibilidad de que estas personas lleguen a similares situaciones, explicó que no, que era un grupo selecto. Además, que son «cerca de 650 mil personas aportando y que en algún momento ellos tendrán que realizar los pagos en lo que respecta a las jubilaciones». En estos momentos son unas 4500 las que aportan más del haber máximo jubilatorio. Señaló que cuentan con un salario promedio de aporte que se acerca a los G. 3.500.000 en este monto está concentrada, la mayor cantidad de personas.