Gobierno amplía permanencia de familias en Programa de la SAS

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Mediante el Decreto Nº 4615, el Poder Ejecutivo estableció la ampliación del periodo máximo de protección de las familias en situación de vulnerabilidad por el Programa Tekoporã, así también determinó que las familias podrán ser beneficiarias de otros subsidios estatales.

La solicitud fue presentada ante la Secretaría de Acción Social, el 23 de julio de 2015, por participantes de Tekoporã de Arroyito, Distrito de Horqueta, Departamento de Concepción. En aquella ocasión el ministro de la Secretaría de Acción Social (SAS), Héctor Cárdenas, había expresado que “en breve tendrán las respuestas a sus pedidos, ya que está en proceso jurídico la revisión de las normativas legales vigentes del Programa Tekoporã, por instrucciones del presidente Horacio Cartes”.

Las familias de Arroyito manifestaron al ministro Cárdenas su inquietud relacionada a las familias que están llegando a la cuota 72 de Tekoporã, y solicitaron la extensión del Programa en esta comunidad, a las familias que cumplan los criterios.

Modificación del Art. 9º del Decreto Nº 7743/2011

La modificación del Art. 9º reza que el acta de compromiso firmada por la persona titular del Programa Tekoporã, es válida hasta el final de un año calendario y será renovada automáticamente, siempre que persista la condición de elegibilidad, y conforme con lo establecido en los Manuales Operativos de los Programas de TMC. La renovación automática podrá ser realizada hasta un máximo de seis años, periodo de tiempo en el que se considera que las familias deberán estar en condiciones de ser graduadas del Programa Tekoporã.

Asimismo, se establece que de persistir la condición de elegibilidad luego del periodo de 6 años, la continuidad o reincorporación de las familias en el Programa Tekoporã podrá ser determinada, por un plazo adicional de dos años y prorrogable por igual periodo hasta un máximo de 10 años, de conformidad con los criterios técnicos objetivos pertinentes, hasta la graduación de las familias.

Las familias miembros de los pueblos indígenas y las personas con discapacidad, podrán continuar dentro de Tekoporã igualmente transcurrido el plazo máximo, conforme se cumplan los criterios establecidos en el Manual Operativo.

Las familias incluidas en los programas de Transferencias Monetarias Condicionadas podrán permanecer o ser incluidas en otros programas administrados y ejecutados por la Secretaría de Acción Social, o en otros administrados por otras instituciones del Estado, Municipios, Gobernaciones o instituciones del sector privado, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos y no esté prohibido por las normativas de estos programas.

Fuente: IP