Ley establece inscripción al libro de defunciones a los concebidos no nacidos en el Registro del Estado Civil

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Clarissa Ortiz, encargada de la oficina Registral 00 de la Dirección General del Registro Civil, en conversación con Radio Nacional, comentó acerca de la Ley 5833 que establece el Libro de Defunciones de Concebidos No Nacidos en el Registro del Estado Civil, promulgada el 13 de diciembre de 2017.  La abogada destacó que Paraguay, es el primer país en Latinoamérica que implementa esta ley y segundo a nivel mundial, después de Austria, la misma tiene el objetivo de dar un cierre emocional a los padres, al inscribir el nombre y apellido de sus hijos.

El plazo de la normativa tiene un carácter especial de un año a partir del hecho, sin importar la fecha gestacional y los motivos de fallecimiento dentro vientre materno.

Los padres se pueden acercar a la Dirección General de 08:00 a 15:00 horas de lunes a viernes, con el certificado médico de defunción expedido por el hospital o sanatorio, más las cédulas vigentes de los padres.  Hasta el momento, existen 200 inscripciones desde el primer libro que se habilitó.