Deudores Alimentarios Morosos no podrán renovar registros de conducir

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A partir de hoy jueves 11 de abril, se hará efectiva la ley 5415/15 en todos los municipios del país. La ley contempla la vinculación de la información sobre padres y madres morosos en los bancos de datos de las municipalidades, imposibilitando la expedición o renovación de registros de conducir.

El «Deudor Alimentario Moroso» es la persona responsable del cumplimiento de una obligación alimentaria que incurriera en mora en el pago de tres o más cuotas sucesivas o alternadas.

 

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