Constitución Nacional estipula el servicio de objeción de conciencia

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En caso que el ciudadano de 18 años, no tenga el deseo de cumplir con el servicio militar obligatorio, tiene la opción de prestar un servicio social, conocido como objetores de conciencia, según establece la Constitución Nacional, explicó el coronel Félix Aranda vocero de las Fuerzas Armadas de la Nación.

Recordó que existen casos, en que se presentan a las unidades militares para la inspección médica, si se detecta algún problema de salud es exonera.

Mencionó que también hay casos, en que supera la cantidad requerida de soldados, por lo que es dado de baja por excedentes.