El Nuevo Reglamento de suspensión de los contratos de trabajo, rige desde este viernes 15 de enero, informó este viernes el director del registro Obrero Patronal del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Héctor Legal.
Recordó que ésta reglamentación, está actualizada a través de la resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N° 1361/2025.
Explicó que este nuevo reglamento, especifica el cuando se debe justificar y cuándo no, la suspensión de los contratos de trabajo. Finalmente, recordó que todas las suspensiones se deben comunicar al trabajador. Además de registrarse en el REOP y deben ser temporales.
Julio Ramón Dávalos Acuña.
