Medidas específicas del Plan de Levantamiento Gradual del Aislamiento Preventivo

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El Poder Ejecutivo a través del Decreto número 5071 presentó las nuevas medidas específicas del Plan de Levantamiento gradual del aislamiento preventivo.

Refiere que desde este lunes 5 hasta el 12 de abril de 2021, la circulación será desde las 05:00 hasta las 23:59 horas.

Destaca que estas nuevas disposiciones son las siguientes:

Que tanto los comercios esenciales y no esenciales, como los locales gastronómicos (bar, café, restaurantes) podrán operar desde las 05:00 hasta las 23:59 horas.

Refiere que se desarrollarán con agendamiento previo y con hasta un máximo de 4 personas por mesa; con distanciamiento de 2 metros entre mesas, pero no
están habilitadas las barras y el uso de mascarillas será intermitente y obligatorio.

Agrega que las bebidas alcohólicas no podrán ser comercializadas ni distribuidas de 23:59 a 05:00 horas.

Explica que se habilita el retorno seguro a instituciones educativas para el desarrollo de las clases en la modalidad virtual o híbrida-semipresencial. Estará sujeto al «Protocolo y Guía Operativa para el Retorno Seguro a Instituciones Educativas 2021», que tenga el parecer favorable del Comité Educativo Institucional para la Gestión del Riesgo (CEIGR).

Añade que los eventos sociales de 05:00 hasta las 23:59 horas, con un máximo de hasta 100 personas. *Hasta 6 personas por mesas, con 2 metros de distanciamiento entre mesas, también el uso de mascarillas será intermitente y obligatorio.

Indica que los encuentros en residencias particulares deberán realizarse con un máximo de hasta doce (12) personas presentes.

Finalmente señala que los funcionarios públicos de lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas.

Recuerda que habrá un estricto control en los principales accesos a la Capital y ciudades del área Metropolita