El viernes 28 se pagarán haberes atrasados a incluidos en planilla en agosto y setiembre/2019

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Los haberes atrasados de las personas incluidas en Planilla Fiscal de Pagos en agosto de 2019 (2° grupo) y setiembre de 2019, como nuevos beneficiarios de la Caja Fiscal, serán abonados el próximo viernes 28 de febrero de 2020, informa la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP) del Ministerio de Hacienda.

Los pagos se harán conforme a los números de expedientes SIME detallados a continuación:

SECTOR Agosto (2° grupo) Setiembre
Desde Hasta Desde Hasta
ADMINISTRACION PUBLICA 58.246/19 64.789/19 65.523/19 100.157/19
ADMINISTRACION DE JUSTICIA 58.489/19 59.411/19 70.876/19 71.071/19
DOCENCIA UNIVERSITARIA 59.145/19 63.688/19 66.800/19 71.732/19
MAGISTERIO NACIONAL 58.728/19 64.049/19 71.691/19 73.824/19
FUERZAS POLICIALES 58.196/19 75.537/19 60.501/19 91.264/19
FUERZAS MILITARES 58.475/19 64.897/19 65.028/19 106.025/19

La DGJP adopta la medida de pagar por parte los haberes atrasados teniendo en cuenta la cantidad de inclusiones de nuevos beneficiarios que se dan mensualmente en la Planilla Fiscal de Pagos. Además, los nuevos beneficiarios requieren que sus resoluciones de jubilaciones sean modificadas para ampliar la foja de servicios y la base de su haber jubilatorio, a fin de computar sus años de servicios para el beneficio hasta la fecha de su desvinculación laboral, y pagarle sus haberes atrasados desde dicha fecha hasta su incorporación en la Planilla Fiscal de Pagos.

Actualmente, la DGJP cuenta con limitados recursos para procesar la modificación de las referidas resoluciones y para realizar el cálculo de los haberes atrasados, ya que todos estos procesos deben ser realizados de manera manual, hasta tanto se incorpore un sistema de gestión informatizado, cuyo desarrollo e implementación están en proceso, lo cual obliga a recurrir a los antecedentes físicos que respalden los procesos anteriores, ya que estos procesos son llevados a cabo de manera paralela con los demás trámites.

La Dirección de Jubilaciones señala, asimismo, que para dar transparencia a los procesos resulta necesario identificar, de acuerdo al ingreso en el SIME, los expedientes de inclusión en planilla de quiénes percibirán sus haberes conforme a lo señalado más arriba. El trámite se realiza de manera objetiva desde las más antiguas inclusiones en planilla hasta las más nuevas.