Ministerio de Trabajo aclara que no recibió comunicación del IPS sobre denuncias contra empresas

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El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) aclara que no ha recibido ninguna comunicación del Instituto de Previsión Social (IPS)sobre supuestas denuncias contra empresas que hacen trabajar a sus empleados en estado de suspensión de contrato.

Recordamos que según el Decreto Nº 3546 que reglamenta el artículo 46 de la Ley Nº 6524 de Emergencia Sanitaria, corresponde a IPS realizar el control. “El Instituto de Previsión Social establecerá los procedimientos reglamentarios internos para la detección de fraudes y cobro indebido de la compensación económica por parte de las patronales que declaren suspensión de sus actividades afectados en su actividad laboral a causa de la emergencia sanitaria declarada ante la propagación del COVID-19 y que continúen ejerciendo su actividad económica de forma habitual con los mismos trabajadores con contratos de trabajo suspendidos. En caso de detección de fraudes o cobros indebidos se aplicará lo establecido en el artículo 73 del Decreto Ley Nº 1860/1950 y el artículo 3 de la Ley Nº 5655/2016 y se comunicará inmediatamente al Ministerio Público para el trámite del proceso penal”, señala el artículo 11 del mencionado Decreto.

No obstante, el Ministerio de Trabajo ya ha solicitado por nota al IPS, la remisión del listado de las empresas supuestas infractoras, a fin de corroborar, en su caso, la existencia o no de violaciones laborales.