ITAIPU recuerda que revisión del Anexo C del Tratado se hará el jueves 26 de octubre

221

En la reunión que mantendrán los presidentes de la República del Paraguay, Santiago Peña y Federativa del Brasil, Luiz Inácio Lula Da Silva, el próximo jueves 26 de octubre en la sede del Ministerio de Minas y Energía en Brasilia, se iniciará la revisión del Anexo C del Tratado de ITAIPU.

Los mandatarios, estarán acompañados por los directores generales de la ITAIPU Binacional, Justo Zacarías Irún y Enio Verri, respectivamente. Tras la actividad protocolar entre los jefes de Estado, comenzará la reunión ordinaria del Consejo de Administración de la ITAIPU Binacional.

Por decreto del Poder Ejecutivo número 245 del 5 de setiembre de 2023, fueron designados como nuevos miembros del Consejo de Administración de la ITAIPU Binacional, el ministro de Economía y Finanzas, Carlos Fernández Valdovinos; el ministro de Industria y Comercio, Javier Giménez García de Zúñiga; el asesor jurídico de la Presidencia, Roberto Moreno Rodríguez; y como representante del Ministerio de Relaciones Exteriores el canciller Rubén Darío Ramírez Lezcano.

Y por decreto número 246 de fecha 5 de setiembre de 2023 se designó a la jefa del Gabinete Civil de la Presidencia, Lea Raquel Giménez Duarte, como consejera; mientras que, por decreto número 247 de la misma fecha, también fueron nominados el presidente de la ANDE, Félix Eladio Sosa Giménez y el extitular del ente estatal, Héctor Ernesto Federico Richer Becker, como nuevos miembros del Consejo de Administración de la Binacional.

Anexo C del Tratado

El Anexo C del Tratado de ITAIPU Binacional establece las Bases Financieras y de Prestación de Servicios de Electricidad y define el Costo Unitario del Servicio de Electricidad (CUSE), es decir, cuánto le cuesta a la Central Hidroeléctrica, anualmente, producir energía eléctrica.

Al igual que todo el cuerpo del Tratado, el documento entró en vigor el 13 de agosto de 1973 y contiene, entre otros puntos, las condiciones de abastecimiento y el costo del servicio de electricidad o tarifa. Asimismo, contempla los ingresos que tendrá la Entidad Binacional derivado de los contratos de prestación de los servicios de electricidad y su distribución.

A lo largo de estos 50 años, las disposiciones contenidas en el referido instrumento diplomático y sus respectivas modificaciones e interpretaciones jurídicas permitieron alcanzar el equilibrio económico y financiero del emprendimiento, para lograr su sostenibilidad y, sobre todo, distribuir los beneficios que genera a los pueblos de ambos países para su desarrollo.

Fuente: Portal de noticias de la ITAIPU Binacional